La compensación simplificada de excedentes (modalidad acogida del RD 244/2019) funciona así:
1. Cuando tu instalación de autoconsumo produce más de lo que consumes en una hora, el excedente se vierte a la red. 2. La distribuidora mide y registra esos excedentes hora a hora con el contador telegestionado. 3. Tu comercializadora compra esos excedentes a un precio acordado (típicamente entre 0,05 y 0,12 €/kWh, según contrato y momento). 4. En tu factura mensual, se descuenta el valor de tus excedentes del coste total de la energía consumida.
Límites importantes:
- No puedes tener factura energética negativa: la compensación llega como máximo a igualar el coste de la energía consumida en ese mismo periodo de facturación. Si tus excedentes valen más que tu consumo, ese exceso se pierde (modalidad simplificada). - No se compensan peajes ni cargos: solo el término de energía. - No se acumula entre meses: cada periodo de facturación se compensa independientemente.
Para superar estos límites y vender excedentes como productor profesional:
- Hay que darse de alta como productor (CNAE 35.11) en el régimen de autoconsumo NO acogido a compensación simplificada. - Esto implica facturar al mercado mayorista vía representante, declarar IVA y módulos, y tributar por la actividad. - Solo merece la pena para instalaciones grandes (>5-10 kWp).
Precio de compensación típico 2024: 0,05-0,08 €/kWh para fijo; indexado al PVPC horario en otros casos.