PVPC son las siglas de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. Cada palabra significa algo concreto:
- Precio: es solo el precio de la energía, no incluye gestión ni servicios añadidos comerciales. - Voluntario: nadie te obliga a estar en PVPC; es una opción que el consumidor elige (frente al mercado libre). - Pequeño Consumidor: solo aplicable a suministros con potencia ≤ 10 kW, uso residencial y titular persona física.
Se llamó así con el RD 216/2014 que estableció la tarifa actual. Antes existía la TUR (Tarifa de Último Recurso), vigente entre 2009 y 2014, que también era regulada pero con una fórmula distinta (subastas CESUR trimestrales en lugar de mercado horario).
El nombre "PVPC" evitó deliberadamente: - "Tarifa regulada": técnicamente sí lo es, pero el nombre habría sonado intervencionista. - "Tarifa social": el PVPC NO es social per se. Lo social es el bono social, descuento adicional aplicable sobre el PVPC para vulnerables. - "Tarifa por defecto": en otros países europeos se llama así (default tariff), pero en España el cliente debe firmar contrato explícito.
Resumen: PVPC = la única tarifa eléctrica regulada por el Gobierno en España, con precio horario que sigue al mercado mayorista OMIE. Es la base sobre la que se aplica el bono social si aplica.