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Mercado regulado · Código 6.3TD

Tarifa 6.3TD

Tarifa de acceso en alta tensión (72,5-145 kV). Seis franjas horarias.

Regulación
Sí (precio establecido por la administración)
Código oficial
6.3TD

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Preguntas frecuentes sobre la tarifa 6.3TD

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  • ¿Qué es el PVPC?

    PVPC son las siglas del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. Es la tarifa eléctrica regulada por el Estado para suministros domésticos con potencia contratada igual o inferior a 10 kW.

    A diferencia del mercado libre, en el PVPC el precio de la energía varía hora a hora siguiendo el mercado mayorista (más peajes, cargos e impuestos). Lo comercializan únicamente las llamadas comercializadoras de referencia (COR): Energía XXI, CUR Iberdrola, Comercializadora Regulada G&P, Régsiti, EDP CUR y Baser.

    El PVPC es la única tarifa sobre la que se puede aplicar el bono social.

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  • ¿En qué se diferencian el PVPC y el mercado libre?

    PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor): - Regulado por el Estado, fórmula pública con coste de la energía mayorista hora a hora. - Solo lo pueden vender comercializadoras de referencia (COR). - Sin permanencia ni cláusulas comerciales. - Sin margen para regalos, descuentos ni servicios añadidos. - Quien tiene derecho a bono social solo lo puede aplicar sobre PVPC.

    Mercado libre: - Precio acordado entre cliente y comercializadora libre. - Diferentes modalidades: precio fijo, dos franjas, tres franjas, indexado al mayorista. - Pueden incluir permanencia (1-2 años habitualmente), descuentos por contratar gas, paquetes con servicios técnicos. - Sin bono social aplicable.

    Ni una opción es "siempre mejor" ni "siempre peor". Depende de tu consumo, tu tolerancia a variación de precios y tu flexibilidad horaria.

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  • ¿Puede una empresa contratar PVPC?

    Solo si su potencia contratada es ≤ 10 kW. El PVPC está reservado por ley a pequeños consumidores. Una sociedad mercantil, autónomo o pyme con menos de 10 kW de potencia puede contratarlo con una COR igual que un hogar.

    A partir de 10 kW (cualquier potencia entre 10 y 15 kW si es 2.0TD, o cualquier 3.0TD/6.XTD), la empresa debe contratar en el mercado libre.

    No hay bono social para empresas en ningún caso, aunque tengan PVPC. El bono social es exclusivo de consumidores domésticos vulnerables.

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  • ¿Qué es una comercializadora de referencia (COR)?

    Son comercializadoras designadas por el Estado para cumplir tres funciones que el mercado libre no cubre: ofrecer el PVPC, aplicar el bono social y prestar el suministro de último recurso. Solo ellas pueden hacer esas tres cosas.

    El listado vigente lo fijó la Orden TEC/1259/2019: Energía XXI (Endesa), CUR Iberdrola, Comercializadora Regulada Gas & Power (Naturgy), Régsiti (Repsol), EDP CUR y Baser. Cualquier hogar que quiera PVPC o bono social tiene que contratar con una de ellas.

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