Solo si su potencia contratada es ≤ 10 kW. El PVPC está reservado por ley a pequeños consumidores. Una sociedad mercantil, autónomo o pyme con menos de 10 kW de potencia puede contratarlo con una COR igual que un hogar.
A partir de 10 kW (cualquier potencia entre 10 y 15 kW si es 2.0TD, o cualquier 3.0TD/6.XTD), la empresa debe contratar en el mercado libre.
No hay bono social para empresas en ningún caso, aunque tengan PVPC. El bono social es exclusivo de consumidores domésticos vulnerables.