El **Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RBT)** está recogido en el **RD 842/2002** y sus modificaciones posteriores. Define:
- **Tensión nominal de baja tensión**: hasta 1.000 V CA o 1.500 V CC. - **Estructura de la red doméstica**: cuadro general de protecciones, circuitos individuales, secciones mínimas de cable, conexión a tierra. - **Protecciones obligatorias**: ICP, diferencial 30 mA, magnetotérmicos por circuito. - **Instrucciones técnicas (ITC)**: 51 instrucciones específicas para distintos tipos de instalación (viviendas, locales públicos, hospitales, gasolineras, vehículos eléctricos, etc.).
Instrucciones técnicas más relevantes para usuarios domésticos:
- **ITC-BT-25**: instalaciones en viviendas. - **ITC-BT-27**: locales con bañera o ducha. - **ITC-BT-43**: receptores generales. - **ITC-BT-52**: instalaciones para vehículo eléctrico (cargadores). - **ITC-BT-40**: instalaciones generadoras de baja tensión (autoconsumo).
El RBT se actualiza periódicamente. Las versiones de 2014 (RD 337/2014) y 2019 (RD 244/2019, autoconsumo) son las más recientes. La revisión integral en discusión incluirá refuerzos para cargadores VE de alta potencia y autoconsumo agregado.
Incumplir el RBT en una vivienda no es solo ilegal: invalida el seguro de hogar en caso de incendio o daño eléctrico.