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Pregunta frecuente

¿Qué pasa con la luz si cambio el titular del contrato?

El cambio de titular es un trámite común (compra-venta de vivienda, herencia, divorcio, alquiler):

1. La nueva titular llama a su comercializadora elegida (puede ser la misma que la anterior o cambiar a otra). 2. Aporta su DNI/NIE, IBAN y CUPS (de cualquier factura del piso). 3. Se firma nuevo contrato a su nombre. 4. La comercializadora ejecuta el cambio con la distribuidora. No hay corte de luz. 5. Las facturas pendientes del anterior titular siguen siendo suyas, no se traspasan.

Duración del trámite: 5-15 días.

Documentación adicional según caso:

- Compra de vivienda: escritura de compraventa o nota simple registro propiedad. - Herencia: certificado de defunción + testamento o declaración de herederos. - Divorcio: sentencia de divorcio asignando la vivienda. - Alquiler: contrato de arrendamiento.

Tip importante: aprovecha el cambio de titular para:

- Revisar potencia contratada (puede estar mal dimensionada para tus necesidades). - Cambiar tarifa (PVPC, mercado libre fijo, indexada). - Cambiar comercializadora si quieres (es el momento ideal porque ya estás haciendo cambios).

Coste: el cambio de titular es gratuito por ley.

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