El POEM (Plan de Ordenación del Espacio Marítimo) es un instrumento legal que define en qué zonas del mar territorial español se pueden desarrollar actividades de aprovechamiento de los recursos. Aprobado por RD 150/2023.
Incluye:
- Zonas reservadas para eólica marina (offshore wind): identifica 13 zonas en el Atlántico, Mediterráneo e islas con potencial eólico. - Restricciones por pesca, navegación, biodiversidad y otras actividades. - Procedimiento de autorización de proyectos.
Impacto eléctrico esperado (PNIEC 2023):
- 3 GW de eólica marina flotante instalada en España para 2030. - Primeros proyectos comerciales previstos: Canarias (Gran Canaria) y Galicia. - Generación anual estimada: ~10-12 TWh/año (similar al consumo de 3 millones de hogares).
Por qué eólica flotante y no fija:
- El shelf español (plataforma continental con profundidad <50 m, donde van las turbinas eólicas fijas tipo monopile) es muy pequeño. La costa cae a profundidades >100 m muy rápidamente. - La eólica flotante (turbinas montadas sobre plataformas flotantes ancladas al fondo) sí puede operar en profundidades >100 m. Tecnología comercial reciente (primer parque comercial mundial: Hywind Tampen, Noruega 2022).
Estado de despliegue a 2024:
- Subastas previstas para 2025-2026. - Construcción de los primeros parques: 2027-2030. - Operación comercial: 2030 y siguientes.
España tiene liderazgo industrial en componentes de eólica flotante (Iberdrola, Acciona, Siemens Gamesa) y podría exportar tecnología además de aprovecharla localmente.