Modalidades reguladas por el RD 244/2019
El marco vigente distingue tres modalidades. Autoconsumo sin excedentes incorpora un sistema antivertido que impide que la energía sobrante salga a la red. Es más sencillo administrativamente pero pierde el valor económico del excedente.
Autoconsumo con excedentes acogido a compensación simplificada es la modalidad más popular en residencial. El consumidor cede el excedente a la red y recibe a cambio una compensación en la factura, hasta como máximo igualar el coste de la energía consumida en el mismo periodo de facturación. Es decir, no se puede tener una factura energética negativa, pero sí cubrirla por completo.
Autoconsumo con excedentes no acogido a compensación se aplica cuando el consumidor quiere vender el excedente al mercado en lugar de compensarlo. Requiere darse de alta como productor y tributar por la venta.
Autoconsumo colectivo
Una de las grandes novedades posteriores al RD 244/2019 (concretada en el RD-ley 23/2020 y desarrollos posteriores) es el autoconsumo colectivo. Permite que varios CUPS (puntos de suministro) compartan una sola instalación. Esto abre el autoconsumo a la inmensa mayoría de hogares españoles, que viven en pisos (vertical) o en urbanizaciones (horizontal). La distancia máxima entre la instalación y los consumidores es de 2.000 metros, ampliada en algunas comunidades autónomas vía sus propias regulaciones.
Amortización y rentabilidad
Una instalación residencial tipo en España tiene una amortización aproximada de entre 6 y 9 años, dependiendo de la provincia (radiación solar, ver radiacion_provincia), del consumo eléctrico del hogar y de la modalidad elegida. Las provincias del sur peninsular y los archipiélagos amortizan más rápido por mayor radiación; las del norte, más lento.
La vida útil de los paneles es típicamente de 25-30 años con degradación lineal (0,5% anual aproximadamente), por lo que tras la amortización quedan 15-20 años de producción casi gratuita.
Trámites con la distribuidora
El instalador suele encargarse de la mayor parte: certificado de instalación, boletín eléctrico, comunicación a la distribuidora, alta en el registro de autoconsumo de la CCAA y modificación contractual con la comercializadora para activar la compensación si procede. El consumidor debe revisar la primera factura post-instalación para verificar que la compensación se está aplicando correctamente.
Baterías domésticas
Una pregunta recurrente es si compensa añadir batería. La respuesta corta: depende del perfil de consumo. Si el consumidor está casi todo el día fuera y vuelve a casa por la noche, la batería tiene mucho sentido (la luz solar se produce de día y se consume de noche). Si el consumo es continuo durante el día (teletrabajo, hogar con personas presentes), la compensación cubre razonablemente el coste.
Hoy una batería de litio doméstica de 5-10 kWh ronda los 4.000-7.000 €, y su amortización añadida es de 8-12 años. El coche eléctrico bidireccional (V2H, vehicle to home) emerge como alternativa a la batería estacionaria.
Comunidades energéticas
Un paso adicional son las comunidades energéticas: figura jurídica europea que España ha incorporado vía RD 477/2021 y desarrollos siguientes. Permite a un grupo de vecinos, empresas o ayuntamientos compartir una instalación de autoconsumo colectivo y, en algunos casos, gestionar conjuntamente otras actividades energéticas (eficiencia, electromovilidad). Hay ya más de 700 comunidades energéticas constituidas en España (datos IDAE 2024).