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Guía editorial

Renovación automática del contrato eléctrico: lo que no te cuentan

La cláusula pequeña que puede subirte la factura un 20% sin avisar

Muchas tarifas del mercado libre se firman por 12 o 24 meses con cláusula de **renovación automática a precio nuevo**. Si no estás atento, te encuentras pagando un 20-30% más sin haber firmado nada.

Por Borja Cifuentes · Publicado 17 de mayo de 2026

Cómo funciona la trampa

Firmas un contrato con precio fijo atractivo: 0,12 €/kWh durante 12 meses. Bien. Pero en el contrato, en la letra pequeña, suele aparecer una cláusula del tipo:

> *"Al vencimiento del período inicial, el contrato se renovará automáticamente por períodos iguales, salvo manifestación en contra del cliente con 30 días de antelación. El precio aplicable a las renovaciones será el que corresponda a la tarifa vigente en ese momento."*

Cuando llega el vencimiento, la comercializadora te renueva el contrato al precio que tenga vigente en ese momento, que casi siempre es más alto que el inicial. No tiene obligación de avisarte, salvo en algunos contratos con consumidores vulnerables.

El precio nuevo: cuánto sube

Las renovaciones automáticas suelen subir el €/kWh entre un 15% y un 35% respecto al precio inicial. Para una factura tipo, son 120-300 € más al año sin que tú hayas firmado nada nuevo.

Las comercializadoras lo justifican con "actualización del precio del mercado". A veces es cierto; otras veces es simplemente subir precios a clientes que no se han ido. La mayor parte del tráfico de cambios de comercializadora en España viene de hogares que detectan estas subidas con retraso.

Tres reglas para protegerte

Regla 1: pon una alarma en el calendario

Cuando firmas un contrato con vencimiento (12 o 24 meses), apunta en el calendario una alarma 45 días antes del vencimiento. Te toca decidir si renuevas o cambias.

Regla 2: comunica el desistimiento por escrito

Si quieres que NO se renueve automáticamente, comunica por escrito (mail con acuse de recibo, burofax) que rescindes el contrato al vencimiento. No basta decirlo por teléfono.

Regla 3: si la comercializadora no renueva con el mismo precio, cambia

Si llega el vencimiento y la comercializadora te ofrece renovación pero a un precio peor, es momento de comparar y cambiar. El comparador CNMC te dará alternativas concretas.

La ley y el derecho del consumidor

Real Decreto-ley 24/2021 (modificó la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios) obliga a las comercializadoras a:

  • Avisar al cliente con al menos un mes de antelación del vencimiento del contrato y del precio aplicable tras la renovación.
  • Permitir resolver sin penalización cualquier contrato renovado automáticamente, durante un mes desde la primera factura con el nuevo precio.
  • Informar de forma transparente del precio aplicable.

Lo que pasa en la práctica: muchas comercializadoras envían el aviso por email entre la publicidad habitual y el cliente no lo ve. Otras lo envían con letra pequeña en una factura. Si reclamas, suelen reconocer la incidencia y ofrecer al menos volver al precio anterior temporalmente.

Si ya te ha pasado

Si descubres que te han renovado con un precio que no aceptabas:

1. Comprueba si la comercializadora cumplió la obligación de aviso un mes antes. Si no lo hizo, tienes derecho a rescindir sin penalización. 2. Reclama por escrito a la comercializadora, citando el RDL 24/2021. Pídeles que apliquen el precio anterior o que rescindan sin coste. 3. Si no resuelven en un mes, escala a la CNMC o a tu Oficina Municipal de Consumo. 4. En cualquier caso, busca alternativas en el comparador CNMC y cambia.

El PVPC no tiene este problema

El PVPC nunca tiene renovación automática a precio diferente. Está siempre a precio regulado, calculado mensualmente, y solo cambia si cambia la regulación del propio PVPC.

Para hogares que no quieren preocuparse del market timing ni del calendario de vencimientos, el PVPC sigue siendo la opción más sencilla.

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Preguntas frecuentes sobre este tema

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